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VERTEDERO DE RESIDUOS INDUSTRIALES DE LUZURIAGA EN TAFALLA.
Pamplona. Navarra.

Gurelur ha rechazado la construcción de un vertedero de residuos industriales en Tafalla, a través de unas alegaciones presentadas ante el Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, por ir en contra este proyecto de las políticas que regulan el tratamiento de este tipo de residuos.

Pamplona, 27 de septiembre de 2007.

Gurelur rechaza el proyecto de vertedero de residuos industriales de Luzuriaga en Romerales.

Gurelur ha rechazado la construcción de un vertedero de residuos industriales en Tafalla, a través de unas alegaciones presentadas ante el Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, por ir en contra este proyecto de las políticas que regulan el tratamiento de este tipo de residuos.

(imagen omitida)


Vertidos efectuados por la empresa Luzuriaga, en el vertedero de Romerales.

El proyecto de vertedero de V. Luzuriaga Tafalla, S.A. choca frontalmente con las políticas europeas, estatales y forales sobre este tipo de residuos, que propugnan la necesidad de reutilizarlos, recuperarlos y revalorizarlos. La finalidad de estas políticas es el ahorro de materias primas, minimizar los problemas de contaminación y la ocupación de espacio. Por tanto, el Gobierno de Navarra debe apostar firmemente por la reutilización de estos productos y no por su enterramiento.

La empresa Luzuriaga en la elaboración de sus productos utiliza o genera varios residuos peligrosos, lo que ha motivado la contaminación de terrenos anejos a la empresa y del vertedero de Romerales. Estos graves sucesos de contaminación fueron denunciados por el Seprona de la Guardia Civil y confirmados por el Instituto Nacional de Toxicología. Con estos graves antecedentes la administración está obligada a exigir a esta empresa el escrupuloso cumplimiento de las distintas normativas que regula el tratamiento de los residuos implicados en el proyecto que nos interesa.

Tras el estudio de los documentos presentados por la empresa Luzuriaga, para la solicitud de Autorización Ambiental Integrada y Declaración de Impacto Ambiental del proyecto de vertedero, observamos que no se recoge el listado y descripción de los tipos de residuos para los que se propone el vertedero y su codificación con arreglo al Catálogo Europeo de Residuos (CER).

El Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, en su artículo 8, Solicitudes de autorización, recoge que la memoria, que servirá para justificar la idoneidad del vertedero, incluirá una descripción de los tipos de residuos para los que se propone el vertedero, incluyendo su codificación con arreglo al Catálogo Europeo de Residuos (CER), entre otros requisitos.

Este claro incumplimiento por parte de los promotores obliga al Departamento de Medio Ambiente a rechazar el proyecto, por la importancia que el mismo tiene para decidir sobre su viabilidad ambiental y legal. En el caso de que la empresa insista en su decisión de llevar adelante el proyecto y presente la documentación con los datos de los que carece el actual proyecto, la Administración debe volver a sacar a exposición pública el nuevo proyecto para que las personas y entidades interesadas en el mismo, caso de Gurelur, puedan estudiarlo y presentar las legaciones que consideren pertinentes, evitando de esta forma que se caiga en la indefensión legal de los interesados y en la comisión de irregularidades en la tramitación del expediente que nos interesa.

* A toda la información sobre la Salud Ambiental de Navarra... (http://www.iberica2000.org/Es/Busquedas.asp?Palabra=navarra) (Enlace...)

>> Autor: pamelaamaya (28/09/2007)
>> Fuente: Gurelur.org


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