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UNA NUEVA ILEGALIDAD EN EL PLAN EÓLICO VALENCIANO
Denuncias en la Comunidad Valenciana. España.

Un minucioso estudio del Plan Eólico Valenciano, y especialmente del proyecto de instalación de tres centrales eólicas en las montañas de El Comtat y la Marina Alta, la Coordinadora d’Estudis Eòlics del Comtat se ha vuelto a poner en contacto con el Síndic de Greuges del País Valenciano, para hacerle llegar toda la documentación relativa a una nueva vulneración legal detectada...

NOTA DE PREMSA.
El Comtat, 31 de maig del 2005.

La Coordinadora denuncia ante el Síndic de Greuges una nueva ilegalidad del Plan Eólico Valenciano y afirma que sería vergonzoso que este proyecto, lleno de incumplimientos legales, llegase a llevarse a término.

(imagen omitida)


Después de un minucioso estudio del Plan Eólico Valenciano, y especialmente del proyecto de instalación de tres centrales eólicas en las montañas de El Comtat y la Marina Alta, la Coordinadora d’Estudis Eòlics del Comtat se ha vuelto ha vuelto a poner en contacto con el Síndic de Greuges del País Valenciano para hacerle llegar toda la documentación relativa a una nueva vulneración legal detectada y que pone en entredicho, no sólo lo proyecto de instalación en la zona 14, sino todo el Plan Eólico Valenciano en general.

La queja presentada este lunes 30 de mayo va dirigida contra el Gobierno Valenciano, ya que en 2001, la Conselleria d’Indústria i Comerç fue la responsable de aprobar el Plan Eólico.

La Generalitat tenía la obligación de publicar la Convocatoria pública en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas (DOCE), con objeto de que todas las empresas europeas pudiesen tener igualdad de oportunidades para participar en esta Convocatoria pública y, en la medida en que los anuncios de adjudicación no fueron anunciados en el DOCE, dicha Convocatoria pública debería estimarse como no ajustada a derecho y, por tanto, declararse nulos todos los actos del desarrollo y ejecución del Plan Eólico.

La Convocatoria Pública no fue publicada ni en el Boletín Oficial del Estado (BOE) ni en el Diario Oficial de la Unión Europea, aunque la normativa estatal y europea vigente así lo exigía. De esta forma, el procedimiento de adjudicación a las empresas promotoras de los parques eólicos incurre en una grave irregularidad procedimental e incumple el principio básico de igualdad de oportunidades y transparencia.

La Coordinadora pretende con esta nueva queja ante el Síndic que sea paralizado el desarrollo y ejecución del Plan Eólico de la Comunitat Valenciana y se realice una nueva Convocatoria pública para el desarrollo y ejecución del Plan Eólico Valenciano. Esta nueva Convocatoria podría aprovecharse para rediseñar las zonas aptas y no aptas y corregir otros defectos importantes que tiene este Plan Eólico y que en todas las zonas se están poniendo de manifiesto.

Hay que destacar que a instancias de la Coordinadora d’Estudis Eòlics del Comtat, el 29 de noviembre de 2004, el Síndic de Greuges efectuaba a la Diputación Provincial de Alicante, entre otras, las siguientes recomendaciones:
" * Constituir e impulsar, sin más demora ni dilación, el funcionamiento efectivo de un Grupo de Trabajo, (...) al objeto de examinar pormenorizadamente el impacto medioambiental y turístico del Plan Eólico en la Zona 14 y, en su caso, presentar un estudio de mejora.
* Ofrecer, de manera inmediata, los servicios jurídicos y mediambientales de la Diputación de Alicante a los Ayuntamientos que los hubiesen solicitado o los requieran, para todas aquellas acciones legales y actuaciones administrativas o judiciales que se precisen realizar en relación con el desarrollo, ejecución e implantación de los 3 parques eólicos proyectados en la Zona 14.”

Aprovechando esta segunda recomendación, la Coordinadora va a dirigirse de nuevo a todos los Ayuntamientos del Comtat y la Marina Alta afectados para que pidan una vez más la retirada del Plan Eólico en vista de las nuevas vulneraciones detectadas, y que lo hagan mediante la solicitud de los servicios jurídicos de la Diputación.

Por otra parte, hay que destacar que a instancias de la Coordinadora, el 31 de marzo de 2005, el Síndic de Greuges en su resolución sobre los parques eólicos de la Zona 14, recomienda a la Conselleria d’Infrastructures i Transports y a la Conselleria de Territori i Habitatge:
“* No autorizar la instalación de los 3 parques eólicos proyectados en el área El Comtat – Marina Alta de la zona 14 del Plan Eólico, mientras no se constate y compruebe la existencia de viento suficiente. (…)

* No autorizar la instalación de los citados parques eólicos, entretanto no se elaboren los informes y documentos preceptivos cuya ausencia hemos puesto de manifiesto, y se profundice en el estudio y análisis pormenorizado de las observaciones planteadas por esta Institución para, a la vista de de su resultado, reconsiderar la aptitud del área El Comtat – Marina Alta para ubicar este tipo de instalaciones y, en su caso, proceder a la modificación o revisión del Plan Eólico.

* Buscar otras zonas más adecuadas para albergar infraestructuras eólicas con el menor impacto ambiental posible.”

La Coordinadora por su parte se ha puesto también en contacto con los euoparlamentarios de todos los partidos políticos, para informarles de esta vulneración. Por el momento, el europarlamentario D. Bernat Joan i Marí, de Ezquerra Republicana (ERPV), ya ha presentado (11 de mayo de 2005) una pregunta parlamentaria al respecto, cuestionando la legalidad del Plan Eólico Valenciano. En los próximos días europarlamentarios de otras formaciones políticas también atenderán la petición de la Coordinadora:

“ ¿Cree la Comisión que la no publicación correcta del Plan vulnera, entre otros, los artículos 43, 44, 45, 46, 47 y 48 del Tratado de la Comunidad Europea, el artículo 11 de la Directiva 93/37/CEE del Consejo de 14 de junio de 1993 sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, en lo relativo a las Reglas Comunes de Publicidad, y el artículo 25 de la Directiva 93/38/CEE del Consejo, de 14 de junio de 1993, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de contratos en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de las telecomunicaciones? ¿Cree la Comisión que, en la medida de que los anuncios de adjudicación no fueron anunciados en el DOCE, deberían estimarse como nulos?. (Pregunta presentada por D. Bernat Joan i Marí)”

Respecto a la zona 14 (El Comtat – La Marina Alta) hay que recordar que los aerogeneradores de 100 metros de altura se quieren situar a sólo 1000 metros de las poblaciones afectadas. Además, algunos de ellos ocupan zonas dentro de espacios naturales protegidos, Lugares LIC de interés Comunitario y dentro de espacios naturales declarados Áreas de Importancia para las Aves (IBA) (Bird Important Areas) y también afecta a diversos abrigos con pinturas rupestres declarados Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO.

La Coordinadora, por su parte, seguirá trabajando por el bien de nuestras comarcas, exigiendo la retirada definitiva de este plan eólico irracional.

Ben cordialment
Coordinadora d’Estudis Eòlics del Comtat
C/ Nou, s/n – 03827 Benillup (El Comtat)
* Enlace a la Web de la Zona 14...
zona14@benillup.com
Telèfon: 676 60 50 50

Documentació aportada:
* Queixa presentada davant el Síndic de Greuges.
* Pregunta presentada a Euros pel parlamentari eivissenc Bernat Joan... (http://www.iberica2000.org/Es/Articulo.asp?Id=2315) (Enlace...)

Artículos relacionados sobre la Zona 14:
* Energía eólica - El pueblo no quiere parques eólicos. (Enlaces...)
* Tiempo de Espera, en la Zona 15
* No a la Industrialización de nuestras Montañas
* La Amenaza de los Gigantes de Acero

* Toda la información relacionada de este tema en el mundo, alojada en Ibérica 2000... (http://www.iberica2000.org/Es/Directorio.asp?Id=18)
(A numerosos enlaces...)

* Documentos e informes que respaldan los artículos alojados en Ibérica 2000, sobre esta temática... (http://www.iberica2000.org/documents) (Enlaces...)

>> Autor: albertoflores (01/06/2005)
>> Fuente: Coordinadora d’Estudis Eòlics del Comtat.


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