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Solicito información sobre la legislacion actual, en zonas parcialmente acotadas.

(1022)

LEYES DE COSTAS. CONSULTAS. PARA ESPAÑA.
Hola mi nombre es Vicente Almagro, les agradecería que me informaran sobre la legislación actual en materia de zonas parcialmente acotadas en las playas de cualquier parte de esta península ibérica, les explico el caso que me paso en una playa de la ciudad de Cullera ( Valencia).

Digo acotadas, por que la cuestión de prohibir al ciudadano bañarse en estas zonas con letreros zona restringida para bañistas, por salida y entrada de vehículos lúdico-´marinos osease motos de agua, catamaranes, plataformas de win-surfing y toda la parafernalia económica que desde hace algunos años sean montado algunas empresas con los consiguientes permisos municipales, permisos, que muchos de ellos vulneran la legalidad o no se ajustan a ley.


* Imagen de Ibérica 2000.
Vista hacia el Faro, desde el Castillo de Cullera.
Valencia. España.

¿Cuales son las normativas que regulan este negocio mercantil, y como se puede saber cuales son las directrices que estos empresarios de la explotación marina tienen que respetar, ¿se puede prohibir poner una miserable sombrilla en la salida de estos aparatos-lúdicos-marinos?

La ley de costas dice que no se puede poner puertas o candados al disfrute de los ciudadanos del espacio
marítimo-terrestre, osease, específicamente la ribera del mar.

El articulo 2, en su apartado b, dice: Garantizar el uso publico del mar , de su ribera, y del resto del dominio publico marítimo-terrestre, sin mas excepciones que las derivadas de razones de interés publico debidamente justificadas.

¿Estos negocios costeros entran en este articulo 2 , apartado b, de la ley de costas?
no es acaso según esta ley bienes de dominio publico las riberas de las playas, albuferas,marjales , esteros y en general , los terrenos bajos que se inundan como consecuencia del flujo y reflujo de las mareas , de las olas, o de
la filtración del agua de mar de dominio publico?

Bueno no les molesto mas, solamente quisiera que me informaran cuales son los derechos y obligaciones de estos negocios costeros de verano.

Y en que medida nos afecta a los ciudadanos que no queremos utilizar medios lúdicos para molestar a infinitos seres vivos que viven y pernoctan en el ecosistema marino.

Gracias por su atención y tiempo.

Insertado por: cipi-cpn (17/09/2003)
Fuente/Autor: Vicente Almagro. edafico@hormail.com
 

          


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